EJEMPLO DESIGUALDAD
“Velo Islámico en España”
En España, las personas tenemos derecho a la libertad
ideológica, religiosa y de culto, tenemos derecho a elegir la religión que esté
más acorde con nuestras convicciones y nuestras creencias religiosas, también
tenemos derecho a manifestarlo libremente ya sea de forma individual o
colectiva, en público o en privado. Nadie puede ser objeto de ninguna coacción
o acto discriminatorio que menoscabe nuestra libertad, por tener una religión u
otra. Art. 16 de la Constitución “se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos
y de las comunidades sin más limitación, en su manifestación que la necesaria
para el mantenimiento de orden público y la paz social”
Por otro lado en el artículo 14 de nuestra Carta Magna, se
garantiza el Derecho a la Igualdad, “los
españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación
alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión ….”. Este
derecho es un valor y un principio irrenunciable, se prohíbe, por tanto
cualquier discriminación basada en las creencias religiosas, en cumplimiento de
la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de los Tratados y Acuerdos
internacionales ratificados por España.
El Consejo de Europa en una Recomendación sobre el Islam,
el islamismo y la islamofobia, persuade
a los estados miembros a no establecer una prohibición general del
velo o de cualquier otra ropa religiosa o especial, salvo cuando esta
prohibición sirva para proteger a las mujeres de coacciones físicas o
psicológicas admitiendo que las
restricciones legales a esta libertad puedan estar justificadas, por
motivos de seguridad o cuando las funciones públicas o profesionales de las
personas requieran de neutralidad religiosa.
España es un país laico, ya que ninguna religión tiene carácter
estatal, así mismo, no se prohíbe el uso de símbolos religiosos en escuelas ni
en lugares de trabajo. El problema se centra en las connotaciones sociales que
conlleva el uso del velo islámico, más que en su dimensión religiosa. El uso
del velo islámico proviene de la ley u ordenamiento islámico, y por tanto su
uso proviene de una práctica religiosa que conlleva una manera de entender la
democracia y los derechos de forma diferente.
El Hiyad es el velo característico de las mujeres árabes,
si se analiza la posición de la mujer en la cultura árabe, el velo es un
poderoso símbolo externo, es difícil de conciliar el velo islámico con un
mensaje de tolerancia, de respeto a los demás y sobre todo de igualdad y no
discriminación. El velo refleja una posición de sumisión, dificultando las
relaciones sociales y por lo tanto, obstaculizando el camino hacia la “integración”, al desarrollo como personas y
como seres sociales de las mujeres musulmanas.
Hay que tener en cuenta que si se prohíbe el uso de esta
prenda, podría conllevar consecuencias aún peores, un efecto malicioso que
perjudicaría aun más al colectivo de mujeres islámicas, limitándolas su vida al
ámbito familiar y por tanto aislándolas de la sociedad, resultado contrario al
que se persigue con la “integración”.
Este es un ejemplo de discriminación que me ha parecido
interesante y digno de mencionar, ya que afecta a una gran cantidad de mujeres.
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